jueves, 6 de octubre de 2016

CONTRATO LABORAL

Suscripción del contrato de trabajo

Cumplidas las etapas preliminares, que cada organización empresarial tenga establecidas en su reglamento, se procede de inmediato a la firma del contrato de trabajo; una entidad seria y organizada no puede permitir que una persona ingrese a su servicio sin que antes haya suscrito el correspondiente contrato de trabajo.
El contrato verbal tiene plena validez, la constancia en un documento es sin duda lo mas aconsejable; entre otras cosas todo lo permite el contrato de trabajo, su definición, sus formas, sus elementos, su determinación, etc.

Definición de contrato de trabajo:Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuidad dependencia o subordinación  de la segunda y a cambio de la remuneración.
Quien presta el servicio se denomina trabajador; quien lo recibe y renuncia, empleador y la remuneración cualquiera que sea su forma salario.
Persona natural:Es todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.

Persona jurídica:
se le denomina así a una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones y de ser representada judicial y extrajudicialmente a través de gerente o representante legal.

 Elementos esenciales del contrato:
-prestación personal del servicio.
- coordinación o dependencia.
-remuneracion o salario.

Prestación personal del servicio:este elemento implica la realización de una labor por parte de una persona natural, a favor de otra persona que bien puede ser personal o jurídica.  

Remuneración o salario:el tercer elemento necesario para que se dé el contrato de trabajo es la remuneracion o retribución por el servicio prestado.

IUS Variandi:es la facultad que tiene el empleador de modificar ciertas condiciones laborales del trabajador; dentro de ciertos limites; esta facultad se desprende del elemento subordinación.   


Modalidades del contrato
Según la forma los contratos pueden ser:
1.verbales.
2.escritos.
3.contrato de trabajo realidad.

Contrato de trabajo a término fijo:esta clase de contrato se utiliza generalmente en la vinculación de personas altamente técnicas o calificadas; este contrato debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a a tres(3) años, pero es prorrogable indefinidamente.  

Contrato de trabajo a término indefinido:este es el mas común de los contratos, no requiere forma escrita aunque es la mas aconsejable para conveniencia de las partes. tiene vigencia mientras subsistan las causas que le dieron origen  y la materia del trabajo.

Contrato de obra:esta clase de contrato es muy común en las empresas de ingeniería o de montajes, requiere que se pacte por escrito y que en el se estipule con gran claridad la naturaleza de la obra o labor contratada.El empleador puede darlo por terminado una vez una vez se haya finalizado la obra o labor contratada; o cuando se haya llegado  al (80%) de la totalidad.

Contrato ocasional o transitorio:este contrato es muy especial y del que conviene hacer un buen uso, consiste en la ejecucion de labores ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya duración no puede exceder de treinta(30) días.




ORIGENES DE LA LEGISLACION LABORAL

Historia De La Legislación Laboral

Todo comienza cuando los españoles estaban conquistadores, los aborígenes se dedicaban a las tareas como la caza, la pesca y la agricultura rigiendo sus actividades por ordenes que impartía el jefe del grupo o tribu.




CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO(CST)
Tiene tres grandes aspectos del derecho social:



A.)Derecho individual del trabajo: contiene todos los derechos y obligaciones que asisten a sus trabajadores con respecto a sus empleadores; también a los derechos y obligaciones con respecto a sus trabajadores.

B.)Derecho colectivo del trabajo:abarca todos los derechos y obligaciones entre empleadores y trabajadores; es decir las relaciones laborales individuales y las relaciones laborales colectivas, se ocupan de la seguridad social.

C).El sistema de seguridad social integral:garantiza los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad; para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana.

- Ley 29 de 1905:estableció una pensión de jubilación vitalicia que lleguen a la edad de 70 años.
-Ley 57 de 1915:accidente de trabajo a los trabajadores de la construccion.

Campo de aplicación:La legislación laboral se aplica a todos los habitantes del territorio de la república sin considerar su nacionalidad.

"Es deber de todas las naciones y extranjeros en Colombia, vivir sometidos a la constitución y a las leyes y respetar y obedecer a las autoridades."

Servidores públicos:Se llama servidores públicos, a los empleados públicos y a los trabajadores oficiales.

Normas de protección del trabajo:Siendo el trabajo una obligación social, el estado protege cualquier actividad que el colombiano elija para procurarse la subsistencia.

¿Que es el trabajo?
Es toda actividad humana, libre, licita, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona ejecuta conscientemente al servicio de otra natural o jurídica y cualquiera que sea su finalidad siempre que se efectué en ejecución de un contrato de trabajo.


Campos de aplicación de la legislación del trabajo:
-Origen hechos sociales.
-Relaciones de trabajo.
-Aplicación.
-Sistema de seguridad social integral.